NOM-081-SEMARNAT-1994, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición.
Servicios de Ingeniería Ambiental: Asesoría y Consultoría profesional de todo tipo de actividades relacionadas con la Seguridad e Higiene (STPS), Ecología y Medio Ambiente (SEMARNAT).
NORMA DE RUIDO DE FUENTES FIJAS SEMARNAT (ruido perimetral)
Nombre oficial: Norma Oficial Mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994 Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición.
Descripción:
La emisión de ruido proveniente de las fuentes fijas altera el bienestar del ser humano. El daño produce depende de la exposición, la magnitud y del número, por unidad de tiempo, de los desplazamientos temporales del umbral de audición. Por ello, resulta necesario establecer los límites máximos permisibles de emisión de este contaminante.
Aplica a:
Esta norma oficial mexicana se aplica en la pequeña, mediana y gran industria, comercios establecidos, servicios públicos o privados y actividades en la vía pública.
Para evaluar esta norma es importante conocer:
- Ubicación exacta.
- Conocer las actividades ruidosas.
- Datos de la impresa (razón social, giro).
- Saber si cuentan con elemento constructivo.
- Horario de operación.
- Condiciones meteorológicas, obstáculos, etc.
- Localizar zonas críticas.
- El tipo de medición a realizar
A continuación los límites con el que se debe cumplir según el horario de operación.
Horario | Área de Trabajo |
---|---|
De 6:00 a 22:00 | 68 dB(A) |
De 22:00 a 6:00 | 65 dB(A) |
Servicios de Ingeniería Ambiental SIA-BZF es especialista en las NOM de Seguridad y Salud. Cotice hoy mismo
PUEDE VISITAR LA NORMA COMPLETA EN:
- NOM 081 (oficial):
http://biblioteca.semarnat.gob.mx/janium/Documentos/Ciga/agenda/PPD02/081.pdf - Acuerdo que modifica la NOM-081 (2013):
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5324105&fecha=03/12/2013